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NOM-044 vigente hasta 2014

El Diario Oficial de la Federación publicó el ACUERDO por el que se modifican las notas al pie de las tablas 1 y 2 de los numerales 5.1 y 5.2 de la Norma Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2006, que establece los límites máximos permisibles de emisiones contaminantes provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel como combustible, prolongando su vigencia hasta junio de 2014.

Las modificaciones quedaron como sigue: 5.1 Tabla 1… (Nota al pie) Estándar B. Límites máximos permisibles para motores y/o unidades nuevos producidos a partir de julio de 2008 y hasta junio de 2014…» y «5.2. Tabla 2… (Nota al pie) Estándar B. Límites máximos permisibles para motores y/o unidades nuevos producidos a partir de julio de 2008 y hasta junio de 2014…».

Los cambios son efectivos desde este día, luego de publicarse en el DOF. De esta manera se garantiza que los motores deben estar diseñados con tecnologías que cumplan los límites permisibles de emisiones de gases, partículas y de opacidad de humo que ha adoptado nuestro país como son EPA 04 y/o Euro 4.

La NOM-044 aplica sólo para motores nuevos que usan diesel como combustible y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor de 3,857 kilogramos, así como para unidades nuevas con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipadas con este tipo de motores.

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