El tercer estándar de la NOM 044 se establecerá con los límites asociados a la disposición de diesel de ultrabajo contenido de azufre (UBA) en el país, aseguró el Subdirector de Fomento y Normatividad Ambiental de la Semarnat, Osvaldo Belmont.
La razón de esta modificación obedece a actualizar con base en nuevas tecnologías, los límites de emisiones máximos permisibles en la NOM, así como los métodos de prueba y el procedimiento.
Los cambios deben adoptar límites de emisiones de gases contaminantes más estrictos equivalentes a EPA 10 y EURO VI, asociados a la disponibilidad de combustible UBA.
Una vez finiquitado el estándar B, en junio de 2011, que modificaba notas al pie de las tablas 1 y 2 de los numerales 5.1 y 5.2 el plazo se amplió hasta junio de 2014.
Después de más de diez reuniones sobre el tema, el grupo de trabajo, estima que “”es probable que estas modificaciones se publiquen seis meses antes es decir, a principio del 2015 ”, aseguró Osvaldo Belmont.
Respecto a la falta de combustible, reconoció que la demanda total se cubrirá en 2015, ya que por el momento únicamente se tiene en el 50% del país, y que las características de éste serán compatibles con las necesidades de los fabricantes de motores.