La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), el Anteproyecto NOM-SCT-2-087-2017, que establece los tiempos de conducción y pausas para conductores de los servicios de autotransporte federal, que establece lo siguiente:
- Todo conductor debe realizar una pausa de 30 minutos cuando ha conducido hasta cinco horas continuas, o bien; esta pausa podrá distribuirse durante un lapso de cinco horas y media de acuerdo a las condiciones del viaje.
- Los periodos de pausa, en ningún caso podrán ser acumulables.
- Durante todo el tiempo de conducción, el conductor debe portar la Bitácora de Horas de Servicio y exhibirla a la autoridad competente cuando esta le sea requerida; la cual debe ser de uso personal e intransferible. El registro de los datos de la bitácora se realizará en formatos impresos o electrónicos.
- Los permisionarios pueden aprovechar los dispositivos tecnológicos disponibles con el objeto de cumplir las disposiciones del presente ordenamiento, tales como el tacógrafo u otras aplicaciones electrónicas.
- El permisionario del transporte de pasaje y turismo está obligado a considerar un segundo conductor cuando: a) El tiempo de viaje entre el punto de origen y el destino final exceda las 9 horas. b) En caso de no contar con un segundo conductor, debe apegarse a las horas máximas de servicio y periodos de descanso estipulados en los 4.1 y 4.2 de la presente Norma.
- En el autotransporte de carga, deberán organizarse los viajes considerando lo siguiente: (6.3 OIT): a) En viajes que excedan las 10 horas de duración, el conductor deberá tener una pausa no menor a 8 horas continuas, sin menoscabo de cumplir con las pausas mínimas establecidas en los numerales 4.1 y 4.2 del presente Anteproyecto de Norma.
De acuerdo con el Anteproyecto, cada año pierden la vida aproximadamente 16,500 personas, derivado de accidentes de tránsito, lo que representa el 1.7% del producto interno bruto, considerando costos directos relacionados con los mismos. De acuerdo a estimaciones de la Policía Federal, el 84% de los accidentes viales son atribuibles al factor humano y en gran medida, son provocados específicamente por la extenuación física, mental o ambas y falta de legislación en materia de los tiempos de conducción y pausa de los conductores del autotransporte federal.
El anteproyecto será sometido a consulta pública y una vez que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación entraría en vigor a los 60 días naturales siguientes de su publicación.