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Lista la reclasificación carretera

carreteraLa Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso por el que se modifica la clasificación de las carreteras, previstas en el Apéndice referido en el artículo 6o. del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, publicado el 26 de enero de 1994 y sus respectivas modificaciones.

Las carreteras se encuentran clasificadas como tipos ET4, ET2, A4, A2, B4, B2, C o D y de acuerdo a dicha clasificación por las características de construcción de las mismas, les está permitida la circulación a determinados tipos de vehículos.

De acuerdo con la SCT, es importante hacer del conocimiento a los permisionarios de autotransporte federal y transporte privado la modificación, ampliación o reducción de la clasificación de los caminos y puentes de jurisdicción federal, por la inclusión de vialidades construidas en los últimos años o diversas carreteras o tramos detectados como no incluidos en el Apéndice de referencia.

Asimismo, ante la modernización de sus características estructurales, geométricas (radios de curvatura) y/o en su sección transversal (número de carriles, ancho de corona, acotamientos); así también por la revisión de la clasificación sobre aquellas carreteras que cuentan con un camino alterno de mayores especificaciones; y finalmente, por hacer coincidir los ejes de transporte con los ejes carreteros definidos por esta Secretaría y que son de altas especificaciones.

autopista1Con esta medida se garantizará el tránsito seguro al permitir que en dichas vías y puentes de jurisdicción federal circulen vehículos que por su peso y dimensiones no representan un riesgo para los demás usuarios de las carreteras, ni para las propias vías, toda vez que con la presente reclasificación de las carreteras, y de acuerdo a sus características técnicas actuales, garantizan el tránsito seguro y se atienden los requerimientos económicos y de comunicación del país, ya que podrán continuar circulando en dichas vías distintos tipos de vehículos destinados a la prestación de los servicios de carga, pasaje y turismo.

La nueva clasificación ya entró en vigor y puede consultarla de forma completa en: http://bit.ly/1f6QNBX

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