Camiones

Quien pierde es el país

El conflicto de las exportaciones mexicanas de tractocamiones a Colombia aún no tiene una resolución definitiva. Las autoridades mexicanas y la Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT), siguen pendientes del caso. Miguel Elizalde, Presidente Ejecutivo de la Asociación, dice que de continuar con el cambio de EPA a Euro IV en el país sudamericano, quien más pierde es México.

“El que se vería más perjudicado sería el país porque los vehículos que lleguen a Colombia podrán ser o no de nuestros asociados, pero tal vez ya no los produzcan en México”, mencionó a Indicador Automotriz.

“Colombia representa un 10% de las exportaciones y 8% de la producción para la industria nacional. Por cada 100 unidades que se producen se generan alrededor de 15 empleos directos. Si se deja de producir para Colombia se perderían casi dos mil empleos directos y 10 mil indirectos.

“Consideramos que Colombia está tomando una decisión discriminatoria por las afectaciones que esto tendría para la industria de vehículos pesados nacional, sería dejar de exportar 12 mil unidades anuales con valor de 1,000 millones de dólares”, mencionó el ejecutivo.

Elizalde precisó que de continuar con el cambio de normatividad la postura oficial de ANPACT es pedir un tiempo de transición de cinco años. “Incluso Estados Unidos solicitó en sus comentarios a la Organización Mundial del Comercio que sean 4 años”.

JUSTIFICACIÓN DE COLOMBIA

El gobierno Colombiano tomó la decisión considerando, entre otros puntos, los siguientes según el documento Por el cual se modifica la Resolución 910 de 2008 por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible:

  • Que el diesel de 50 partes por millón (ppm) de azufre que se distribuirá en todo el territorio colombiano a partir de enero de 2013, permite la exigencia de vehículos que cumplan normas de emisiones más estrictas que las actuales.
  • Que todos los tractocamiones que circulan en Colombia son importados y no existe ensamble local de estos vehículos.
  • Que el 96% de los tractocamiones que se importan y circulan en el parque automotor de nuestro país, pertenecientes a la subpartida arancelaria8701.20.00.00 corresponden a marcas cuyas emisiones se homologan bajo el procedimiento EPA, diferente al procedimiento EURO exigido en la presente resolución.
  • Que los importadores que abastecen el 96% de los tractocamiones del país no están en capacidad de adaptar sus líneas de producción a los nuevos estándares exigidos en esta resolución de forma inmediata con el fin de abastecer la demanda de tractocamiones en Colombia.
  • Que los importadores de tractocamiones que han expresado disponer de tractocamiones homologados bajo el procedimiento EURO requieren de todas maneras de un tiempo prudencial para poder realizar los pedidos correspondientes.

QUÉ PIDE MÉXICO

En la intervención de México en el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC el 6-7 de marzo del 2013 en Suiza, respecto al Proyecto de modificación de las resoluciones 910/2008 y 2604/2009 sobre la emisión de fuentes contaminantes para vehículos pesados con motor diesel que presentó el gobierno Colombiano, el gobierno de México expresó, entre otros puntos, los siguientes por los que considera que dichos proyectos de reglamento son incompatibles con el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio:

  • 1.5. México considera que los proyectos de medidas transgreden el artículo 2.2 del AOTC, toda vez que al prohibir el uso de la tecnología EPA y no tomar en cuenta toda la información científica y técnica disponible para justificar dicha prohibición, restringen el comercio más de lo necesario. En este sentido, el gobierno de Colombia, sólo está tomando en cuenta información parcial para argumentar el derecho legítimo para imponer esta medida.
  • 1.6. En los proyectos de reglamento se refieren costos económicos o probabilidades, y no se establece una relación de causa efecto con evidencia científica clara sobre la afectación que las emisiones de vehículos con tecnología EPA tienen sobre la salud humana. En ningún momento se señala la evidencia por la cual se justificaría la cancelación de toda posibilidad de uso de la tecnología EPA, ni las razones por las cuales se prohibirá su uso a partir del año 2015. Tampoco se comparan las razones por las cuales la tecnología EURO resulta más provechosa para la consecución del objetivo pretendido por el Gobierno colombiano.
  • 1.7. El gobierno de México le solicita a Colombia proveer información científica disponible en la que quede explícita la relación directa entre las emisiones de las diferentes fuentes contaminantes (móviles y fijas), los diferentes contaminantes (material particulado, hidrocarburos y óxidos de nitrógeno), entre otros, que ocasionen el detrimento de la salud de los colombianos.
  • 1.8. Por otro lado, para el reglamento EPA, la obligatoriedad de los requisitos del Sistema de Autodiagnóstico (OBD) con control de óxidos de nitrógeno (Nox), es a partir de EPA 10, el cual requiere diesel de 15 partes por millón de azufre (ppm). Tenemos conocimiento que el gobierno de Colombia está por producir y abastecer diesel de 50 (partes por millón de azufre) ppm. Asimismo, en la tecnología EURO IV, los requisitos OBD son voluntarios y no son obligatorios sino hasta EURO V. Encontramos que esto es inconsistente al hacer esta medida obligatoria, toda vez que no se va a poder cumplir en la tecnología EPA, e incluso será difícil de cumplir con tecnología EURO.
  • 1.9. Por lo tanto, le solicitamos al Gobierno colombiano elimine los requisitos OBD con controles de óxidos de nitrógeno (Nox) para la EPA04 y EURO IV., y si ello es absolutamente necesario y existe una justificación científica válida, entonces solicitar el requisito a partir de EPA 10 (2013) y EURO V en adelante.
  • 1.10. De acuerdo con la Asociación Colombiana de Vehículos Automotores en Colombia ANDEMOS, los registros de la flota vehicular del año 2011 corresponde a 466,946 unidades, de las cuales 160,508 (34%) involucra camiones “Sin Norma” o anteriores al año 2000. Por lo que México le solicita a Colombia conocer un análisis integral del impacto en la reducción de contaminantes que se obtendría al aplicar la nueva normativa a la flota vehicular en operación actualmente y no solo a los vehículos nuevos.
  • 1.15. En virtud de los argumentos expresados, el gobierno de México solicita atentamente a las autoridades colombianas lo siguiente:

A). Estudiar los comentarios emitidos por el gobierno de México desde el año 2011, celebrar reuniones entre las autoridades técnicas para discutir dichos comentarios y tomar en consideración tanto los comentarios como los resultados de las discusiones para la elaboración de las medidas definitivas que pretenda implementar Colombia.

B). Presentar los elementos científicos y técnicos que justifiquen la decisión de permitir exclusivamente la permanencia de la tecnología EURO y la eliminación de la EPA, para efectos del cumplimiento de los objetivos legítimos determinados por Colombia.

C). Que permanezca la tecnología ambiental EPA 04 a la par de la EURO IV ya que ambas tecnologías funcionan con diesel de 50 pmm que tendrá disponible Colombia.

D). En caso de que esto último no fuera tomado en consideración, entonces solicitamos se otorgue un plazo mayor para la adopción de las mencionadas tecnologías, de al menos 2 años para que se pueda requerir a partir del año modelo 2017.

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