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Publican en el Diario Oficial el «Reglamento de Grúas»

Fue publicado el día de ayer y este mismo 4 de mayo entró en vigor.

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó en la edición vespertina del 3 de mayo del Diario Oficial de la Federación el «Decreto por el que se expide el Reglamento de los Servicios Auxiliares al Autotransporte Federal de Arrastre, de Arrastre y Salvamento y de Depósito de Vehículos», conocido comunmente como Reglamento de Grúas. Entró en vigor el 4 de mayo de 2023.

El Reglamento «tiene por objeto regular la operación y el otorgamiento a personas físicas o morales mexicanas debidamente registradas y previo cumplimiento de los requisitos que establece el presente reglamento, el permiso y las placas metálicas que correspondan al tipo de servicio que se preste según las modalidades de servicios auxiliares siguientes: I. Arrastre. II. Arrastre y salvamento, y III. Depósito de vehículos».

Uno de los aspectos más importantes para el sector es que se incluyen los «Tabuladores de los servicios auxiliares» con la base tarifaria para el cobro de las maniobras correspondientes al servicio de arrastre, ya que empresarios del sector se quejan de cobros excesivos por parte de los permisionarios de las grúas y depósitos.
Por ejemplo, ahora se deberán considerar los montos máximos siguientes:
Tipo de Grúa
Por Banderazo (UMA)
Por Kilómetro Arrastre (UMA)
A
12
0.30
B
13.50
0.40
C
15.50
0.55
D
19.00
0.65

Puede consultar a detalle el Reglamento en:  https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5687752&fecha=03/05/2023#gsc.tab=0

 

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