La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó en la edición vespertina del 3 de mayo del Diario Oficial de la Federación el «Decreto por el que se expide el Reglamento de los Servicios Auxiliares al Autotransporte Federal de Arrastre, de Arrastre y Salvamento y de Depósito de Vehículos», conocido comunmente como Reglamento de Grúas. Entró en vigor el 4 de mayo de 2023.
El Reglamento «tiene por objeto regular la operación y el otorgamiento a personas físicas o morales mexicanas debidamente registradas y previo cumplimiento de los requisitos que establece el presente reglamento, el permiso y las placas metálicas que correspondan al tipo de servicio que se preste según las modalidades de servicios auxiliares siguientes: I. Arrastre. II. Arrastre y salvamento, y III. Depósito de vehículos».
Tipo de Grúa
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Por Banderazo (UMA)
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Por Kilómetro Arrastre (UMA)
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A
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12
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0.30
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B
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13.50
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0.40
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C
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15.50
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0.55
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D
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19.00
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0.65
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Puede consultar a detalle el Reglamento en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5687752&fecha=03/05/2023#gsc.tab=0