Camiones

Oficial, menor peso

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que modifica el transitorio segundo de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, publicada el 1 de abril de 2008, mediante el cual se suspende por 6 meses dicho transitorio que autorizaba un excedente de carga de 4.5 toneladas en fulles.

Luego de que el pasado viernes la SCT anunciara medidas “para fortalecer a la regulación y supervisión del autotransporte federal”, finalmente hoy será oficial la suspensión del artículo segundo transitorio de la NOM 012 que autorizaba temporalmente 4.5 toneladas de peso adicional al máximo permitido en los camiones doblemente articulados de carga (tipos T3-S2-R4 y T3-S2-R3).

Lo anterior, según SCT, se llevó a cabo considerando “Que es necesario mejorar los niveles de seguridad tanto en la vida, como en los bienes de las personas que utilizan los caminos y carreteras de jurisdicción federal, así como disminuir los daños a la infraestructura del país y que la incidencia de accidentes relacionados con el peso bruto vehicular con el que circulan los vehículos de autotransporte federal y transporte privado se ha incrementado recientemente, por lo que resulta urgente tomar medidas concretas para disminuir los riesgos de siniestralidad”.

La SCT anunció otras medidas como el que los camiones doblemente articulados deberán contar o renovar su certificado de condiciones físico mecánicas para tractocamiones, semirremolques, remolques y convertidores (o dollys), en un plazo máximo de dos meses a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del aviso respectivo. A los permisionarios que no presenten dicho certificado ante la autoridad correspondiente al vencimiento del plazo mencionado, no se les permitirá la circulación con este tipo de vehículos.

Ante la suspensión del transitorio segundo de la NOM-012, los organismos cúpula del sector han mostrado su postura. La Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), se ha manifestado en contra de la medida porque no resuelve el problema de la inseguridad, además de que se realizó sin estudios técnicos de por medio.

En tanto la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (Conatram) argumentó que las 4.5 toneladas menos son insuficientes para resolver el problema de los accidentes ya que los fulles siguen siendo más pesados que en otros países.

Por su parte, la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar) avaló las medidas impuestas por la SCT “toda vez que no existe ningún fundamento para autorizar a las configuraciones doblemente articuladas una carga adicional de 4.5 toneladas, lo que ha contribuido a la proliferación de esta configuración”.

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