Tras diversas gestiones realizadas por Canacar, Concamin y Caintra, el pasado 8 de enero se publicó en el periódico oficial de Nuevo León el decreto por el que se expide la Ley de Movilidad Sostenible y Accesibilidad para el estado, donde se logró que no se contemplen permisos estatales adicionales para el autotransporte de carga.
A través de la circular 8/2020, Canacar detalló a los socios algunos de los puntos destacados:
- Todos los vehículos que presten el servicio de transporte de carga requerirán permiso, serán necesarios solamente si no se cuentan con los permisos federales vigentes (Art 91).
- Los vehículos de transporte de carga que no cuenten con placas o permisos federales deberán registrarse ante el Instituto de Movilidad y Accesibilidad (Art 96).
- Los permisos de transporte de carga expedidos por la autoridad federal serán reconocidos por el Instituto de Movilidad y Accesibilidad, sin necesidad de trámites adicionales ante las autoridades del estado (Art 178).
- El presente decreto entró en vigor al día siguiente de la publicación, es decir, ayer 9 de enero de 2020. En tanto, el Reglamento de la presente Ley deberá ser publicado a los 90 días hábiles de su entrada en vigor, es decir, el próximo 19 de mayo de 2020.
- Para más información, los socios pueden consultar en las direcciones electrónicas: o.hernandez@canacar.com.mx, p.herrerah@canacar.com.mx, asesor.juridico@canacar.com.mx y j.tapia@canacar.com.mx.