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Viaje seguro con lámparas y reflejantes

Seguramente en más de una ocasión ha observado en circulación algún vehículo con luces en mal estado o falta de reflejantes. Una de las Prácticas de Ingeniería Recomendadas por el Technology & Maintenance Council (TMC) es la 702C, que establece la Localización de Lámparas y Reflejantes en los Remolques que deberán incorporarse a dichas unidades.

El objetivo de esta Práctica Recomendada (PR) es contar con vehículos en circulación seguros que cumplan con las regulaciones y aplicaciones acordadas tanto en los procesos de diseño, selección y configuración de la unidad en áreas específicas, como son: la localización de las lámparas de marcadores, de gálibo, de identificación, del sistema ABS, de freno, calaveras y direccionales.

Así como sistemas reflejantes en remolques tipo caja seca, caja abierta, caja refrigerada, plataforma, granelera, volteo, autotanque, convertidor, portacontenedor y transporte de postes. Las lámparas deberán colocarse y cumplir con la regulación impuesta por la Federal Motor Vehicle Safety para el mercado americano FMVSS-108 y la FMCSR-393 parte B.

En México, el Reglamento de Tránsito de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) en el Artículo 7 establece requerimientos, similares a los de la FMVSS-107, en cuanto a cantidad y color de las lámparas y reflejantes, mas no así en especificaciones de luminosidad ya que la regulación mexicana no lo considera.

Las lámparas y reflejantes además de cumplir con los requerimientos de visibilidad del FMVSS-108, deben estar marcadas de acuerdo para su identificación con lo establecido por SAE J759.

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