Camiones

Norma para transporte pesado

Con el impulso de la propuesta planteada desde la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (Canacar), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY.NOM-040-SCT-2-2008, que tiene como propósito establecer las especificaciones de peso, dimensiones y de seguridad, de las grúas industriales y configuraciones vehiculares en las que se transportan objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, por los caminos y puentes de jurisdicción federal.

Dicha propuesta fue elaborada a iniciativa de la Canacar, coordinando las tareas esta Secretaría y sus homólogas de Economía y Seguridad Pública Federal, así como el Instituto Mexicano del Transporte (IMT), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Instituto Politécnico Nacional (IPN) y organizaciones de transportistas y del sector privado.

El planteamiento también tiene la finalidad de establecer los preceptos específicos para el tránsito de unidades piloto, grúas industriales y el transporte de objetos indivisibles de carga de hasta 90 toneladas, por las mismas vialidades.

Entre las disposiciones generales de dicho anteproyecto, destaca que los transportistas serán responsables de los daños que se ocasionen a los caminos, estructuras de puentes y elementos auxiliares en la transportación de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, de conformidad con lo que establecen la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares.

Asimismo, para el traslado de grúas auxiliares y  de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, los transportistas deberán contar con el equipo verificado, que debe constatar que en todos los casos los patines, semirremolques, remolques y plataformas modulares cuenten sistema de frenos propio.

El anteproyecto especifica también los horarios en los que podrán circular las grúas industriales y combinaciones especiales que excedan las dimensiones y peso bruto vehicular establecido: de lunes a viernes, con luz natural, de 06:00 a 18:30 horas; en horario nocturno, de 00:00 a 06:00 horas, y el sábado de 06:00 a 14:00 horas. En los periodos vacacionales los horarios de circulación se establecerán de conformidad con las disposiciones que determine la SCT.

Para  todos los casos, se incluyen las velocidades máximas a las que podrán circular esos automotores. El proyecto también incluye disposiciones de seguridad para las unidades piloto que escoltan a los transportes de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y a grúas industriales.

Especificaciones para este tipo de unidades: deberán ser  camionetas con un peso no mayor de  5,100 kilogramos; que no sean tipo sedán; estar pintadas con color amarillo (pantone 123 C); y, en sus costados tener la inscripción Unidad Piloto de 0.175 metros de altura, pintada en color negro.

Asimismo, deberán portar señales de advertencia en  las partes frontal y superior, así como una torreta preventiva, entre otras especificaciones. A partir de la publicación del documento en el Diario Oficial de la Federación (DOF) (lunes 26 abril 2010), el público en general tendrá 60 días para emitir sus comentarios sobre dicho plan al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre.

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