La industria de unidades pesadas en México enfrenta diversos retos, pero el más importante de ellos, sin duda alguna, es el cambio de emisiones tras la actualización de la NOM-044 que entrará en vigor el próximo año. Los fabricantes de las unidades ya se encuentran listos con la tecnología disponible y se enfocan en capacitar a sus equipos de postventa, el verdadero reto está en la disponibilidad de diesel de Ultra Bajo Azufre en todo el país, lo cual, hasta la fecha, no es una realidad, y solo faltan cuatro meses para que se cumplan las fechas.
La NOM-044-SEMARNAT-2017 de emisiones contaminantes tardó años en actualizarse, pero finalmente a partir del 1 de enero de 2019 los motores deberán atender los estándares equivalentes internacionales de la normativa Euro VI / EPA 10.
Sin embargo, de forma paralela, para permitir la transición podrán cumplirse los estándares Euro V / EPA 07, mismos que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020. Las unidades equipadas con motores Euro IV / EPA 04, que son las normas vigentes, podrán comercializarse hasta el 30 de junio de 2019.
El principal retraso en actualizar la NOM-044 se debió a que para poder incorporar las nuevas tecnologías es necesario contar con diesel de Ultra Bajo Azufre (UBA) y en algunos casos Urea, pero la NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos, recorrió su fecha de entrada del 1 de enero de 2018 al 1 de enero de 2019, en ella se establece que al finalizar este año el contenido máximo de azufre del diesel será de 15 mg/kg (partes por millón) en todo el territorio nacional. El principal obstáculo es que aún no hay diesel UBA en todo el país y llegada la fecha podría haber zonas donde no existe disponibilidad.
Las nuevas tecnologías requeridas por la autoridad son más sofisticadas y consideran equipo adicional, lo que implica una mayor inversión inicial y mantenimiento. No obstante, los beneficios estimados de su implementación, de acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente, son de más de 100 mil millones de dólares en salud pública e impacto ambiental.
Cabe recordar que la NOM-044 establece los límites máximos permisibles de emisión de monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, hidrocarburos no metano, hidrocarburos no metano más óxidos de nitrógeno, partículas y amoniaco, provenientes del escape de motores nuevos que utilizan diésel como combustible y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos, así como del escape de vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipados con este tipo de motores.
* El reportaje completo en nuestra edición de septiembre.