Camiones

Multa de $42,840 si fulles circulan sin calcomanía

En cuatro días, es decir el 25 de junio, vence el plazo para que los transportistas obtengan la Autorización Expresa para que los fulles de doble remolque puedan circular con base en los requerimientos de la NOM-012; pero una vez que se cumpla el plazo, aquellos que no hayan realizado el trámite y circulen bajo dicha configuración, podrían hacerse acreedores a una multa.

“En caso de que el permisionario de Autotransporte Federal no cuente con la Autorización Expresa, la consecuencia será pagar una multa de hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) ($40,300.00), más los costos de banderazo, arrastre y depósito de vehículo que se estima de $2,540.00, lo que daría un gasto total para el particular aproximadamente de hasta $42,840.00”, se lee en el expediente de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Sin embargo, cabe destacar que el “AVISO Por el que se les informa todos los permisionarios de autotransporte federal de carga y de transporte privado de carga el procedimiento de trámite que deben observar, para que de conformidad con lo que establecen los numerales 6.1.2.1.1 y 6.2.1.4.2 de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017 Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, concluyan el trámite ante esta Secretaría para obtener la Autorización expresa para circular en los caminos y puentes de jurisdicción federal con configuraciones de tractocamión doblemente articulado”, aún se encuentra en la Cofemer y no se ha establecido fecha para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

“El trámite de obtención de Autorización expresa, es en beneficio de los permisionarios y su obtención no es obligatoria para la prestación de servicios de carga. Lo anterior, teniendo en cuenta que los permisionarios de carga podrán circular en configuraciones de tractocamión mono articulado (TS o TR), así como camión unitario, establecidos en la NOM-012-SCT-2-2017 SIN AUTORIZACIÓN EXPRESA; empero, para circular en configuración de tractocamión doblemente articulado (TSR o TSS) deberán tener dicha Autorización Expresa”, precisa el documento.

Cabe recordar que, en el marco de Expo Proveedores del Transporte de mayo pasado, el Director General de Autotransporte Federal, Elim Luviano, explicó que “no habrá prórroga alguna para la realización del trámite, el vehículo que circule sin engomado será remitido al depósito o en su caso tendrán que circular en configuración sencilla”.

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