La recuperación de 18 camiones cargados con mercancía valuada en más de 12 millones de pesos, hace algunos años, significó para Tecnolíder el reconocimiento en la calidad de los servicios que ofrece, dijo en entrevista con Indicado Automotriz, el director general de la empresa. Rodolfo Cepeda Rico. Desde el inicio de operaciones, la demanda de los productos reportados un crecimiento sostenido entre 30 y 40% por año.
“El crecimiento sostenido de la empresa se basa en la calidad de los servicios. Desde el inicio nos dedicamos a conocer el mercado y a ofrecer servicio de reacción en conjunto con las autoridades, logrando con ello una recuperación total vehículo-mercancía. Sin embargo, en los operativos era necesario desplazarse hasta el lugar de los hechos a fin de informarles a las autoridades el lugar exacto del robo y en ocasiones donde descargaban la mercancía.
“En ocasiones la adrenalina recorría las venas, la búsqueda de la mercancía se convertía en una novela de acción, había persecuciones, momentos de tensión y angustia, emboscadas con situaciones delicadas en donde uno se escondía debajo de un vehículo, pues no sabías en qué momento se cruzarían las balas. Esas son las vivencias y experiencias adquiridas que nos han permitido diferenciar nuestros servicios de los de la competencia”.
En este momento, su principal reto es consolidar la empresa que dirige como la mejor entre las dedicadas a la localización vehicular, la próxima obtención de la certificación ISO 9000-2001 y colocarse como proveedor de servicios de una planta armadora de vehículos con gran prestigio en México.
Sin embargo el crecimiento más grande surgió a partir de la autorización y obligatoriedad de parte del Gobierno del Distrito Federal el del Estado de México, quienes en su Reglamento Metropolitano “Articulo 16” establecen que todo vehículo modelo 2008 o posterior deberá contar con cualquier tipo de sistema de geolocalización vehicular.
Esto generó la movilidad de las armadoras a fin de buscar un dispositivo que cubriera las necesidades correspondientes. Sin embargo, la disposición jamás entro en vigor con la consecuente perdida de interés, aún cuando de acuerdo al Reglamento este vigente.