Camiones

Aumentan estímulos para chatarrizar pesados

chatarraEl Gobierno Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica el diverso por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado el 26 de marzo de 2015, con lo cual se aumentan los estímulos para la chatarrización de unidades.  Entrará en vigor el día siguiente al de su publicación y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2017.

Los estímulos actualizados son:

  1. Tractocamiones tipo quinta rueda, $291,975.00 (Doscientos noventa y un mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.).
  2. Camiones unitarios de 3 ejes con peso bruto vehicular mínimo de 14,500 kg., $186,864.00 (Ciento ochenta y seis mil ochocientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.).
  3. Camiones unitarios de 2 ejes con peso bruto vehicular mínimo de 11,794 kg., $124,965.00 (Ciento veinticuatro mil novecientos sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.).
  4. Autobuses integrales con capacidad de más de 30 asientos de fábrica, $291,975.00 (Doscientos noventa y un mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.).
  5. Autobuses convencionales con capacidad de más de 30 asientos de fábrica, $169,346.00 (Ciento sesenta y nueve mil trescientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.).
  6. Plataforma o chasís para autobuses integrales a los que se les pueda instalar más de 30 asientos, $175,185.00 (Ciento setenta y cinco mil ciento ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.).
  7. Plataforma o chasís para autobuses convencionales a los que se les pueda instalar más de 30 asientos, $101,607.00 (Ciento un mil seiscientos siete pesos 00/100 M.N.).

Las cantidades anteriores se actualizarán en el mes de diciembre de 2016, aplicando el factor correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2015 hasta el mes de diciembre de 2016, mismo que se obtendrá de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.

Lo anterior, tomando como base el Índice Nacional de Precios Productor de la fabricación de camiones y tractocamiones, correspondiente a las actividades secundarias con petróleo; industrias manufactureras; fabricación de equipo de transporte; fabricación de automóviles y camiones; fabricación de camiones y tractocamiones; que se publica mensualmente en la página de Internet del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

El Servicio de Administración Tributaria publicará las cantidades actualizadas en el mes de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación. Las cantidades actualizadas entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2017.

chatarraEl estímulo fiscal a que se refiere el artículo 1.1. de este Decreto será aplicable hasta por un máximo de 6,000 vehículos usados destruidos por cada año de calendario de 2016 y 2017. De este número, al menos 3,000 vehículos deberán corresponder a personas físicas dedicadas al autotransporte federal de carga, de pasajeros o de turismo que sean permisionarios propietarios de hasta cinco unidades vehiculares cada uno.

Para tales efectos, el Servicio de Administración Tributaria llevará el control del número de vehículos usados destruidos que darán lugar a la aplicación de dicho estímulo, para cada uno de los grupos mencionados. Una vez alcanzadas las cantidades mencionadas, dicho órgano desconcentrado lo dará a conocer a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y en su página de internet.

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